jueves, octubre 15, 2009

¿CONSORCIO VICTORIOSO? I

Mañana se decidirá quién ejecutará la construcción de agua y alcantarillado de Yarinacocha

Optimistas como ellos solos, no pudieron buscar mejor nombre para el consorcio conformado: Consorcio Victoria. Y es que, de por medio habían más de 30 millones de razones para estarlo. Para ser exactos, 32 millones, 364 mil 794.75consideraciones: Treinta y dos millones trescientos sesenta y cuatro mil setecientos noventa y cuatro soles con setenta y cinco céntimos, que es el valor referencial para la construcción de la segunda etapa del sector 10 del sistema de agua potable y alcantarillado sanitario de Yarinacocha.

En efecto, el alborozo de los propietarios de las empresas constructoras constituidas en el Consorcio Victoria, integrado por Negocios y Construcciones SAC –que fue la que se matriculó con los S/ . 1,319.75, que costaron las bases para participar en la Licitación Pública 17-2009, convocada por el Gobierno Regional de Ucayali-, Samán Contratistas Generales EIRL, Alarcón Vásquez Contratistas Generales SRL, Young Contratistas Generales SRL y C&C Consultores Ejecutores Contratistas Generales SRL, era perfectamente justificada.

El pasado miércoles 23 de septiembre, en el segundo piso del ex local del Instituto Nacional Penitenciario de la avenida San Martín, donde antes albergó al Consejo Regional y que ahora acoge al Archivo Regional, el Comité Especial, presidido por el gerente general del gobierno regional de Ucayali, Ricardo Anastasio Mejía Sifuentes, e integrado por el ingeniero Jackson Rómulo Virto Tomaste y Rosario del Pilar Pérez Villacorta, luego de evaluar las propuestas técnicas y económicas presentadas por el victorioso consorcio encabezado por Negocios y Construcciones SAC, le adjudicó la Buena Pro. NYSAC fue la única empresa que se presentó.

Misterio
Hasta ahora resulta un misterio las razones por las cuales, de las 8 empresas que adquirieron sólo NYSAC acudió a la cita. En el círculo de los constructores se afirma que el factor tiempo fue determinante para que empresas como Casas Ingenieros Constructores SAC e IVC Contratistas Generales SRL, que demostraron su real interés en participar en la licitación, con consultas y observaciones que fueron Aunque, para ceñirse a la realidad, esto no es totalmente exacto.

NYSAC, que según información registrada en la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, tiene como gerente general a Trinidad Claire del Águila de Malatesta, es manejada, en la práctica, por el ingeniero Carlo Malatesta Hinostroza, su esposo, quien, formalmente es el gerente de Constructora Madre de Dios EIRL, empresa constituida hace menos de un año, en diciembre del año pasado, y que también adquirió las bases: Al final, la Constructora Madre de Dios, dio un paso al costado para que NYSAC uniera fuerzas y recursos con otras 4 empresas: Samán Contratistas Generales EIRL –de Rogelio Alarcón Vásquez-, Alarcón Vásquez Contratistas Generales SRL –de Jorge Alarcón Vásquez, hermano del anterior, Young Contratistas Generales SRL –del limeño José Alberto Ramón Vitor, cuya empresa, según SUNAT, tiene una deuda coactiva que ha sido remitida a las centrales de riesgo- y C&C Constructores Ejecutores Contratistas Generales SRL –empresa cajamarquina, propiedad de Segundo Quirino Castillo, cuya actividad principal es la venta minorista de artículos de ferretería-.

Detalles
En realidad, fueron 8 las empresas, además de NYSAC, las que, para el día de la licitación, el 23 de septiembre, estaban en condiciones de participar. Las bases fueron adquiridas por ARAMAYO SAC Constructores Generales, ARAMSA, de Lima, la antes citada Constructora Madre de Dios EIRL, Casas Ingenieros Constructores SAC, de Tarapoto, IVC Contratistas Generales SRL, Constructora MPM SA, y E & R Contratistas Generales SAC, estas tres últimas también de la capital de la república.

En el ínterin, el Comité Especial, luego de atender las 5 observaciones presentadas por E & R, no acoge 3 de ellas, dejando la exigencia para que el ingeniero geólogo estuviera inscrito en el Registro de Aguas Subterráneas, a cargo de la Dirección General de Aguas y amplía en 8 años la antigüedad permitida para los equipos especiales de perforación y accesorios. El Comité no admitió la modificación del calendario, hecho que, por cierto, después sería ratificado por el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, OSCE.

De igual forma, las 2 observaciones de Casas Ingenieros Contratistas, referentes a los perfiles del director de la obra y el perfil del Especialista I, fueron desestimadas por el Comité. El argumento: que las contrataciones deberán efectuarse bajo las mejores condiciones calidad, precio y plazos de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles.

ARAMSA, por su parte, tampoco mereció el favor –en el mejor sentido del término- por parte del colegiado presidido por Mejía Sifuentes, en las 2 observaciones presentadas. El Comité, luego de evaluar las observaciones a los requerimientos técnicos mínimos, tampoco las acogió. Los argumentos: el fomento a la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores, así como la participación y acceso que las empresas contraten con las entidades en condiciones semejantes, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas.

Causa asombro que las empresas locales que adquirieron las bases no presentaran una sola observación. Cabe señalar, eso sí, que Constructora Madre de Dios, que decidió, al final, no participar, realizó 6 consultas técnicas, al igual que IVC, al Comité Especial.

El OSCE
Por su parte, el OSCE, el 8 de septiembre, a través de un documento suscrito por Juan Antonio Silva Sologuren, Director Técnico Normativo, luego de evaluar las 3 observaciones de E & R S.A. Contratistas Generales, no las acogió.

De igual forma, desestimó las 2 observaciones presentadas por Casas Ingenieros Contratistas SAC, así como otras 2 alcanzadas por ARAMSA, no pronunciándose a 2 de las observaciones de E & R, con el argumento que “en la medida que, al haber sido acogida por el Comité Especial, no se enmarcan en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 58º del Reglamento, que habilitan a este Organismo Supervisor a emitir pronunciamiento”.

La madre del cordero
La madre del cordero por la que la alegría inicial del Consorcio Victoria resultó efímera se debió a que el Comité Especial hizo caso omiso a la cuarta conclusión –inciso 9- del Pronunciamiento N º 207-2009/DTN, dirigido al gobierno regional de Ucayali, que señala que “El Comité Especial deberá tener en cuenta las observaciones formuladas por el OSCE en el numeral 3 del presente Pronunciamiento a fin de efectuar las modificaciones a las Bases del presente proceso de selección”.

¿Qué había sucedido?: El OSCE detectó que el Comité Especial había incluido en las bases normas contrarias relativas a las contrataciones del Estado. Y lo señala así, literalmente: “En ejercicio de su función de velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de contrataciones del Estado, conforme a lo señalado en el inciso a) del artículo 58° de la Ley, este Organismo Supervisor ha procedido a realizar la revisión de las Bases remitidas, habiendo detectado el siguiente contenido contrario a la Ley y su Reglamento”.

El Comité hizo caso omiso a lo señalado. ¿Favoreció esta omisión a alguien? Más detalles, mañana, en la segunda etapa de este informe.

Publicado: Diario Ímpetu, Pucallpa
Octubre 15, 2009

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